Resumen | |
[J] | Demanda de error judicial. Reclamación de comisiones por ventas que la empresa retiene hasta el total pago de la operación por parte del cliente. La sentencia no incurre en el error que le imputa la demanda de considerar acreditado que la empresa ya hubiere abonado dichas comisiones. Su decisión se sustenta en entender que no está obligado a hacerlo hasta el pago íntegro de la operación de venta por el cliente.(publicado en Actualidad Diaria 3882 el 27 de noviembre de 2018) |
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1. El trabajador demandante formula la presente demanda de error judicial frente a la sentencia de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid de 3 de mayo de 2017, rec. 198/17, que desestimó el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia del juzgado de lo social que no acoge la demanda de reclamación de cantidad en la que solicitaba la condena de la empresa el pago de la cantidad de 9.597,36 €, en concepto de comisiones por ventas adeudas en el momento de extinción de la relación laboral.
El Supremo desestima el recurso. | |
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